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Los extranjeros en situación de residencia temporal

24 de junio de 2021 admin

La residencia en territorio español por extranjeros podrá ser:- Residencia temporal- Residencia de larga duración.

El artículo 31 de la LOEX y el artículo 45 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, definen la residencia temporal como “la situación que autoriza a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a cinco años, sin perjuicio de lo establecido para la estancia por estudios, prácticas no laborables, movilidad de alumnos o servicios de voluntariado”.

Los artículos 32 de la LOEX y artículo del 147 del Real Decreto 557/2011 dictaminan que la residencia de larga duración consiste en el supuesto que autoriza a cualquier persona extranjera a trabajar y residir en territorio español de forma indefinida, en condiciones iguales al resto de los nacionales. Los extranjeros en situación de residencia temporal serán titulares de algún tipo de autorización de residencia como: no lucrativa, por reagrupación familiar, o con excepción de la autorización de trabajo. También podrán ser titulares de una autorización de residencia y trabajo, que puede ser: por cuenta ajena, por cuenta propia, por cuenta ajena con duración determinada, de profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE, y en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.¿Quién puede acceder a la autorización de residencia por larga duración?

Tendrán derecho a acceder a la autorización de residencia por larga duración los extranjeros que hayan tenido residencia temporal en España durante 5 años de forma continuada, y reúna el resto de requisitos establecidos en el artículo 148 del Real Decreto 557/2011. A efectos de este plazo, computarán los periodos de residencia previa y continuada en otros Estados miembros, como titular de la tarjeta azul de la UE.

Fuente: Iberley