PROINDIVISO ¿Qué es?

PROINDIVISO ¿Qué es?

2 de agosto de 2021 Vanesa Blasco

Existe proindiviso cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenecen conjuntamento a dos o más personas.

El artículo 400 del Código Civil dice que ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común. 

La división de la cosa común podrá hacerse por los interesados, o por árbitros o amigables componedores, nombrados a voluntad de los partícipes. En el caso de verificarse por árbitros o amigables componedores, deberán formar partes proporcionales al derecho de cada uno, evitando en cuanto sea posible los suplementos a metálico, así lo estable el artículo 402 del Código Civil.

Hay que diferenciar si los bienes son divisibles o indivisibles. 

Cuando la cosa fuere esencialmente indivisible, y los condueños no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio (artículo 404 Código Civil).
Antes de iniciar un procedimiento judicial, se recomienda celebrar un acto de conciliación para que las partes se pongan de acuerdo y así evitar el juicio.
Si no se llegase a un acuerdo, se podrá instar la acción de división de la cosa común, que terminaría con la más que probable subasta del bien.
Podrán acudir a la subasta tanto los copropietarios como cualquier otra persona interesada en pujar para adquirirla, con la particularidad de que aquellos que no sean copropietarios deberán depositar en el juzgado un porcentaje del valor del bien a subastar.

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